La RDC está empeñada en asegurar elevados estándares de ética en la publicación. En cuanto a la política de conflicto de intereses en publicaciones, defendemos los siguientes entendimientos: 

DEFINICIÓN 

 

Existe conflicto de interés cuando hay divergencia entre los intereses privados de un individuo (intereses concurrentes) y sus responsabilidades científicas y editoriales de tal manera que un observador razonable puede preguntarse si el comportamiento del individuo o el juicio fue motivado por consideraciones objetivas o por intereses concurrentes.

Así, los siguientes tipos de relación son considerados como potencialmente conflictivos y deben ser obligatoriamente declarados: 

Tipos de intereses concurrentes: 

 

Lazos financieros: Este conflicto está presente cuando un participante en el proceso de publicación recibió o espera recibir dinero (u otros beneficios financieros, tales como patentes o acciones), o regalos, o servicios que pueden influenciar el trabajo relacionado con una publicación específica. 

 

Compromisos académicos: Los participantes en el proceso de publicaciones pueden tener creencias fuertes (pasión intelectual) que las vinculan a una determinada explicación, método o idea. Ellos pueden, como resultado, ser tendenciosos en la realización de pesquisas que testan el compromiso o en la revisión de trabajos de otros autores que son a favor o en desacuerdo con sus creencias. 

 

Creencias políticas o religiosas: Fuerte compromiso con una visión política particular (por ejemplo, posición política, agenda, o afiliación) o tener una fuerte convicción religiosa puede representar un conflicto de intereses para una determinada publicación, si esas cuestiones políticas o religiosas son afirmadas o negadas en la publicación.

 

Afiliaciones institucionales: El Conflicto de Interés existe cuando un participante en el proceso de publicación está directamente asociado con una institución y que puede influenciar su evaluación en faz de poder obtener una posible posición o un interés en una publicación. 

 

Declaración y gestión del conflicto de interés

Los Conflictos de Intereses son omnipresentes y no pueden ser completamente eliminados del proceso editorial y/o de autor. Sin embargo, pueden ser gerenciados de forma constructiva para que ejerzan la menor intrusión posible en la revista, en su contenido y en su credibilidad.

Las declaraciones sobre Conflicto de Interés por parte del autor son solicitadas por escrito - en el campo observaciones al editor - como condición para analizarse un manuscrito.

Cualquier conflicto de interés será tratado con base en flujogramas utilizados por el Committee on Publication Ethics (COPE). Los gráficos pueden ser bajados y accesados desde el link (http://publicationethics.org/resources/flowcharts). 

 

 

¿Conflicto de interés identificado propicia el rechazo sumario del texto?

No. Si alguno de los tipos de conflicto de interés mencionados son detectados en algún texto en evaluación o aprobado, lo manuscrito se quedará en suspendido hasta que el conflicto sea resuelto.

Responsabilidades de los participantes

 

  1. Autores: Todos los autores deben relatar cualquier Conflicto de Interés relacionado con su pesquisa para el editor
  2. Revisores: Todos los colaboradores deben reportar cualquier Conflicto de Interés relacionados con sus tareas de revisión para el editor. 
  3. Editores: Los editores no deben tomar cualesquiera decisiones editoriales o ser envuelto en el proceso editorial si ellos o un familiar próximo tiene un Conflicto de Interés (financiero u otro) en un manuscrito en particular sometido a la revista.